Donde hay herejías, hay inquisiciones, ante la imposibilidad de
recurrir al Santo Tribunal de la Inquisición, nosotros aplicamos el Código Contravencional de Salta – el
método contemporáneo que encuentra la
parte “más sana de la sociedad” para imponer una “moral media” ante tanto
sacrilegio.-
Las Contravenciones son normas de naturaleza penal, útiles
para tutelar los hechos que tienen menor relevancia social. No obtante, estas normas no deben transformarse en instrumentos
de opresión para los sectores más vulnerables de la sociedad.
En este territorio de la República existe
un grupo - aquellos los
más apegados a las costumbres coloniales, conservadores, desencantadores el
poder, incluso desde antes de 1810- que pretende invisibilidad del otro en la comunidad - Estos a
quienes no se adecuen a las pautas morales y éticas enarboladas por aquellos-
Trabajadoras Sexuales, Drogadictos, Ebrios y Vagos (¿) Son Criminalizados, hostigados y perseguidos sin tregua por las
agencias Policiales.
Y Aunque bien hay que
reconocer que existen otros ciudadanos que son víctimas de “la Política de
Seguridad” de la provincia, por cuestiones de “decoro” limitaremos el análisis.
Trabajadoras Sexuales
La prostitución, el oficio más antiguo de la historia, y
con independencia de las causales objetivas que pueden llegar a una persona a
ganarse el pan de esta forma, es evidente que el ejercicio de su arte la
convierte en delincuente.
Retrogrado, el Código Contravencional castiga a quienes ofrecieran en la vía publica
servicios sexuales.
En otras ciudades de mundo no se
arresta a las prostitutas, se les brinda un espacio de contención social, cuidando de su salud y evitando problemas con
los vecinos.
Si las personas quienes desarrollan dicha
actividad no son menores, ni son explotadas economicamente por terceros, considero,
no tiene porque intervenir el estado para reprimir.no tiene porque intervenir el estado para reprimir.
Drogadictos
La Corte
Suprema de Justicia de la Nación, única institución que goza de confianza
generalizada en la población, declaro la inconstitucionalidad de la norma que sanciona
penalmente la tenencia de estupefacientes para consumo personal ( fallo: “Arriola, Sebastian”), ello en razón de que dichas conductas forman
parte de las acciones privadas de las personas, Principio
de Reserva. Respecto al Adicto, es considerado un enfermo, urgido de tratamiento, enfocándose en la
salubridad de la población y evitando que sea considerado un delincuente a
quien hay que perseguir y someter a proceso.
Gigantescos procedimientos antidrogas son
anunciados y realizados por la policía local, en ellos solo se incautan pequeñas
dosis de estupefacientes que funcionan como una cortina de humo para distraer
recursos económicos y humanos útiles para perseguir el gran narcotráfico que azota todo el norte del país.
Ebrios y Vagos
No encuentro una diferencia sustancial
entre tomar una cerveza sentado en la vereda de algún pub de calle Balcarce, o
en las escaleras del monumento a nuestro gran General Gaucho, o en cualquier
barrio alejado del centro de la ciudad.
Otra vez nuestro Código rector castiga arresto a los
consumidores de alcohol en lugares públicos.
Pareciera que la ley rige solo en los barrios periféricos en los que se apresa a los simples consumidores,
llevándolos para alcaldía, encausándolos en un procedimiento que dura alrededor
de dos horas. En los lugares “bien”
de Salta las personas son requeridas amablemente a retirarse. Esto es criminalización.
Por ultimo, el Código del Horror le da carta blanca a la fuerza de seguridad
provincial para hacer y deshacer lo que quieran con cualquier cristiano que
transite por nuestro territorio provincial. Es tan criteriosa la policía que el
código se limita a ser excesivamente amplio rezando que “el que ofendiere el pudor de las personas con palabras
o gestos inequívocos” es castigado.
Señores, queda legalmente establecida la arbitrariedad, la barbarie y la represión. Todo ciudadano se encuentra
sujeto a la libre interpretación que un agente haga del significado de Pudor.
Párrafo aparte merece el mas aberrante instituto
legalizado, detención hasta por seis horas por averiguación de antecedentes. Aten dentando directamente contra la libertad individual, contra la
SEGURIDAD INDIVIDUAL.
Delicias legales en nuestra amada salta colonial.
Vivimos en una democracia plural, las diferencias son
un hecho que deben ser aceptadas y respetadas, es inadmisible pretender imponer
una moral media, pretender uniformar personalidades, toda persona tiene derecho
a desarrollar su personalidad como particularmente quiera, existiendo solamente
una barrera infranqueable constituida por los derechos ajenos.
El Código Contravencional no puede devenir en un código
Penal que persiga a los sectores mas postergados, olvidados y vulnerables de la
sociedad, criminalizando estilos de vida, persiguiendo enfermos, apremiando a
quienes no cuentan con recursos económicos ni con educación adecuada . Con ello
no se mejora su calidad de vida todo lo contrario. Las políticas deben atacar
el núcleo del problema, de la marginalidad, de la pobreza y no su exteriorización
Por Sebastian Torrez

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